31-10 -2002 31-10-2022
20 AÑOS DE LA SANCIÓN DE LA LEY PROVINCIAL.
Ley de Ejercicio Profesional N.º 7218/02.
Art. 10.- Créase el Colegio de Profesionales del Servicio Social y Trabajo Social de la provincia de Salta, que desarrollará sus actividades con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas de derecho público no estatal. Será el único ente reconocido por el estado provincial para la realización de los objetivos y finalidades expresados en esta ley. (TÍTULO II – COLEGIO DE PROFESIONALES DEL SERVICIO SOCIAL Y TRABAJO SOCIAL- . Capítulo I Creación)
Como colectivo profesional reconocemos y agradecemos la labor de los/as colegas que trabajaron para que esta Ley sea hoy realidad.